Si, en el ámbito penal se conoce la figura de la libertad condicional otorgada a aquellos reclusos que la merezcan, en el ámbito civil estamos inmersos en un sistema de libertades condicionadas impuestas por quienes ostentan las funciones de administradores públicos o gobiernos.
De nada sirve que la Constitución Española reconozca las libertades públicas si éstas en normas posteriores quedan condicionadas y subordinadas al arbitrio de quienes se arrogan la interpretación posterior de las mismas.
¿Libertad, para qué? Fue la frase atribuida en su día a Lenin sorprendido de que la persona individual pudiese decidir sobre su propia vida y destino. En estos momentos tal frase puede atribuirse a muchos y diferentes gobiernos que a pesar de tildarse de “democráticos”, se cuestionan, restringen y mutilan una tras otra, las libertades que los ciudadanos han estampado en sus constituciones. Y todo lo hacen en aras de una supuesta “seguridad” de las personas, intentando enmascarar en un buenismo paternalista los atentados diarios a las libertades humanas.
Si la letra —y el espíritu sobre todo— del marco constitucional no debería sesgarse o interpretarse arbitrariamente a capricho —e incluso con ciertas razones— de quienes gobiernan y juran respeto a esa constitución, nuestros sagaces y hábiles administradores, basándose en el control de los dos poderes que debían controlarlos a ellos, han conseguido sortear sin obstáculos e imponer normas y actos administrativos de dudosa constitucionalidad incumpliendo con ello el compromiso del juramento y, por ello, la legitimidad para ejercer como tales gobernantes.
Todas y cada una de las libertades legítimas de los ciudadanos han sido encorsetadas posteriormente en aras de la “gobernabilidad” y en provecho de los intereses de grupos, partidos, organizaciones o sectores que forman el entramado político y social que conocemos como “sistema”. Un sistema de acuerdos, favores y privilegios de unas minorías con poder, para influir de una forma u otra en los ciudadanos de a pie, en el Estado.
Así, la libertad de expresión queda restringida al ámbito de los medios de comunicación en cuanto a influencia social, sobre todo a través de la televisión convertida en oráculo para muchos de quienes carecen de criterio propio. En esta tesitura se lanzan mensajes y manipulaciones de la realidad de acuerdo con los intereses de quienes sostengan el tinglado mediático. En lo público el partido gobernante, en lo privado los gobiernos a través de las subvenciones más o menos encubiertas, como las campañas publicitarias públicas y las nomenclaturas mediáticas correspondientes, dejando a los ciudadanos la posibilidad —y la trampa— de las redes sociales para soltar opiniones.
La libertad de asociación queda condicionada —como no podía ser de otra manera— a fines lícitos, lo que debería entenderse como todos aquellos que no constituyen “per se” un delito. Pero no, cualquier intento de agregación de voluntades significa para el poder un peligro potencial que, naturalmente, debe ser reconducido y controlado por una cascada normativa a la que ajustar todo intento de actividad desde la sociedad civil. Es una forma de de desincentivar como otra cualquiera la comunión o unión de pensamientos y opiniones o de motivar el debate entre los ciudadanos. Los formularios, permisos, declaraciones, tasas, escrituras, legalizaciones y finalmente autorizaciones quedan sometidos siempre a la decisión final de quien gobierna. Naturalmente en las asociaciones económicas o actividades profesionales y laborales hay una cantera de financiación pública que —diga lo que diga la C.E. y los códigos correspondientes— deben filtrarse, fiscalizarse y exprimirse al máximo para mantener el tinglado del sistema que, por supuesto, ostenta determinados privilegios a la hora de ser controlado.
La propiedad es —o debería ser— un elemento sagrado en la libertad de las personas (siempre y cuando no proceda de delito probado o litigiosidad civil). Está consagrada así en la práctica totalidad de los sistemas políticos y constitucionales y se reconoce como base de la libertad personal, por lo que no puede ser objeto de confiscación desde el ámbito público que, por el contrario, debe velar por su defensa. Pues bien, el legislador avispado y desde luego quien hace ley y trampa, interpreta a su manera tal cuestión y establece las vías por las que no solamente puede confiscar bienes privados, sino también crear las redes de cómplices en el control de tales propiedades en el ámbito privado. Si, para ello debe “penalizarse” como delito, no hay problema el control sobre el sistema en su totalidad está garantizado y no habrá respuesta al menos en el corto plazo.
La libertad de pensamiento es más compleja de normativizar pero todo se andará con el desarrollo de las tecnologías y la capacidad de influir en una ciudadanía predispuesta a la tutela. Decía Huxley que “un sistema de poder no tiene necesidad de imponerse por la coacción sobre las personas, sino que en la actualidad tiene otras herramientas como la propaganda a su servicio para convencer a la gente de que siendo esclavos son más felices”. Es decir, no se molesten en formarse ya que nosotros les deformaremos porque sabemos lo que más les interesa. No tienen necesidad de leer, conocer, pensar o reflexionar, nosotros se lo damos todo preparado para su comodidad: lo que es interesante leer, la música que les alegrará la vida, la cultura ligera para no romperse la cabeza, la vida fácil subvencionada (si es de los nuestros), etc, etc.
Lo dicho: ¿Libertad, para qué? Para su seguridad, mejor las libertades condicionadas… Por cierto, el miedo corre de nuestra cuenta…













