Fuerza y Justicia: el dilema del poder legítimo

Fuerza y Justicia: el dilema del poder legítimo
Jesús de Dios Rodríguez
Por
— P U B L I C I D A D —

«Las normas jurídicas operan como mediadoras solo cuando los actores poseen similares capacidades de influencia. En escenarios de desigualdad, la fuerza dicta el marco de lo posible, y el débil se somete por imposibilidad, no por acuerdo.»

Tucídides, Historia de la Guerra del Peloponeso. libro V, 89.


En los primeros acercamientos al concepto de justicia, suele vincularse intuitivamente con la noción de igualdad, o bien, desde una perspectiva más matizada, con el principio de equidad. Diversos estudios etológicos han evidenciado que ciertas especies, como los primates, manifiestan una clara sensibilidad frente a distribuciones desiguales de recompensas, revelando así una disposición instintiva hacia formas rudimentarias de justicia distributiva. De modo similar, en contextos naturales, la asignación inequitativa de recursos entre mamíferos cazadores genera tensiones internas que amenazan la cohesión social del grupo. 

En el ser humano, la pulsión egótica —el deseo de afirmación individual— constituye una fuerza motivacional de notable relevancia. Sin embargo, experimentos han mostrado que incluso infantes de corta edad reaccionan negativamente ante repartos injustos, aun cuando tales situaciones les favorezcan. Esto sugiere que la aversión a la desigualdad puede anteceder a la formación plena del yo consciente o al condicionamiento cultural. 

Si se atribuyen estas reacciones prosociales exclusivamente a factores sociales o educativos, también habría que contemplar que las motivaciones centradas en el ego podrían tener un origen igualmente adquirido, relativizando su pretensa naturalidad. Así, puede inferirse que en los animales con mayor complejidad cognitiva se esboza un principio de justicia que en el humano se cristaliza como sistema normativo, más allá de que su génesis responda a mecanismos evolutivos adaptativos o a procesos de socialización temprana. 

La justicia, dada la complejidad social humana, no puede definirse solo desde la igualdad o la equidad. Es un valor relacional, más que una virtud individual, y se aplica principalmente en contextos con partes interesadas. Se entiende como la voluntad efectiva de equilibrar intereses legítimos mediante normas claras, universalizables y aceptadas libremente, nunca impuestas. Ser justo implica realizar juicios reales con base en criterios compartidos, donde incluso el legislador justo formula normas que la mayoría reconoce como válidas. La justicia requiere consensos normativos, ya sean naturales o explícitos, para resolver conflictos sin coacción. La justicia consiste en la voluntad efectiva de equilibrar los intereses legítimos de todas las partes implicadas. Un ejemplo revela que repartir recursos de forma igualitaria no siempre es justo, especialmente si no se consideran las distintas necesidades. Asimismo, favorecer a alguien por vínculos personales rompe con ese equilibrio y resulta injusto. Aunque conocer todos los factores es difícil, mantener una disposición hacia el equilibrio contribuye a acercarse a una situación más justa. 

Así mismo, aplicar la justicia en la política implica garantizar que las decisiones, leyes y políticas públicas se orienten a equilibrar los intereses legítimos de todos los ciudadanos, no solo de los grupos privilegiados o poderosos. 

La noción de justicia, entendida como la voluntad efectiva de equilibrar los intereses legítimos de las partes implicadas, constituye un principio normativo fundamental en la evaluación de las relaciones de poder. El poder, por sí solo, no es ni justo ni injusto; lo que determina su valor ético es el modo en que se ejerce y la legitimidad que lo sustenta. 

El ejercicio justo del poder implica que las decisiones tomadas en contextos sociales, políticos o jurídicos no sean impuestas de manera arbitraria, sino basadas en normas aceptadas libremente por las partes implicadas. Esto contrasta con el uso de la fuerza—ya sea física, simbólica o estructural—como mecanismo de resolución de conflictos. Tal imposición sin consentimiento equitativo anula la posibilidad de justicia, pues no busca el equilibrio sino la dominación. 

Desde esta perspectiva, la legitimidad del poder no se deriva únicamente del origen legal o institucional, sino del reconocimiento racional y voluntario por parte de los ciudadanos de que dicho poder sirve al bien común y respeta los principios de justicia. Como señalaría Habermas, la legitimidad se afianza en la deliberación pública y el consenso intersubjetivo, mientras que Foucault pondría atención en cómo los mecanismos de poder moldean lo que se considera justo dentro de un entramado discursivo e histórico. 

La reflexión política que sugiere Tucídides plantea una tensión estructural entre justicia y poder: cuando existe equilibrio entre fuerzas, puede alcanzarse un acuerdo justo mediante normas consensuadas; pero en contextos de desigualdad, el más débil queda subordinado a la voluntad del más fuerte. Esta asimetría no es solo histórica, 

sino estructural, ya que la fuerza tiende a imponerse cuando no hay límites morales que la contengan. La justicia, en cambio, requiere una motivación interna, basada en el convencimiento ético de su valor. Pero cuando no hay sanción ni coste por vulnerarla, ¿qué incentivo externo preserva su vigencia? Así, justicia y fuerza aparecen como polos opuestos, aunque cabría repensarlos no como excluyentes, sino como dinámicamente entrelazados en la arquitectura del poder legítimo. 

Desde una perspectiva realista, expresada históricamente por autores como Tucídides o los legalistas chinos, la imposición del fuerte sobre el débil se ha concebido como una expresión natural y legítima del orden político. Esta visión parte de una supuesta ley natural según la cual los organismos —humanos incluidos— buscan su expansión, dominan cuando pueden y negocian cuando están en igualdad. La fuerza, en este marco, se presenta como un mecanismo inevitable y eficaz para dirimir conflictos de intereses. 

Sin embargo, filósofos como Jean-Jacques Rousseau y Hannah Arendt desmontan esta lógica desde ángulos distintos pero complementarios. Rousseau, en su Discurso sobre el origen y los fundamentos de la desigualdad entre los hombres, sostiene que la fuerza no engendra derecho, y que el verdadero contrato social debe basarse en el consentimiento libre e igualitario entre ciudadanos. Para Rousseau, la legitimidad política no puede provenir de la capacidad de imponerse, sino de la voluntad general, donde la justicia se expresa en leyes acordadas colectivamente. 

Por otro lado, Arendt plantea en Sobre la violencia que el poder auténtico no se basa en la fuerza física, sino en la acción concertada de los individuos. La fuerza —especialmente cuando se convierte en violencia— revela la debilidad del poder, ya que es necesaria solo cuando el consenso se rompe. Para ella, la justicia no se sostiene en el miedo ni en la imposición, sino en la capacidad de actuar juntos y sostener instituciones basadas en el diálogo, la pluralidad y el reconocimiento mutuo. 

Si bien el realismo político afirma que el poder se legitima por la necesidad de sobrevivir y expandirse, Rousseau y Arendt nos recuerdan que reducir la política a la imposición de la fuerza es renunciar al horizonte ético de la justicia. Esta no es simplemente una reacción a la debilidad, sino una construcción racional y cooperativa que exige autonomía, reciprocidad y respeto por los otros como iguales. 

La afirmación de que el dominio del más fuerte es natural y, por tanto, inevitable en las relaciones humanas e internacionales, representa una falacia naturalista: confundir lo que “es” con lo que “debe ser”. Si bien la historia evidencia que la fuerza frecuentemente se impone sobre la justicia, esta regularidad empírica no legitima éticamente su permanencia como norma. El desafío contemporáneo es reconciliar la ética humanitaria con los hechos políticos, o aceptar que el uso de la fuerza —y en última instancia, la guerra— sigue siendo inherente a la dinámica internacional. 

En ese contexto, la teoría de la paz democrática ofrece una vía alternativa. Sostenida por filósofos como Immanuel Kant, en su obra La paz perpetua, y desarrollada por politólogos modernos, esta teoría sostiene que los Estados democráticos tienden a no entrar en guerra entre sí. ¿Por qué? Porque las democracias promueven transparencia, participación ciudadana, control institucional y respeto por el derecho, lo que reduce el margen para imponer intereses unilaterales mediante la fuerza. 

La paz democrática sugiere que cuando las relaciones entre naciones están basadas en principios de justicia compartida —como consentimiento, representación y responsabilidad—, se debilita la lógica de la imposición del más fuerte. En este modelo, la legitimidad se convierte en el elemento que limita el poder bruto, y la justicia no depende solo de motivaciones internas, sino también de estructuras institucionales que obligan a respetarla. De este modo, si bien la historia muestra una clara tendencia hacia la violencia cuando existe desigualdad de poder, la expansión de democracias consolidadas puede ofrecer una alternativa realista y ética para superar ese patrón. No se trata de ignorar los hechos, sino de transformarlos a través del fortalecimiento de la justicia como principio rector. 

Aunque los hechos parecen mostrar que la fuerza domina sobre la justicia, en las sociedades estatales esto no es absoluto. Incluso los poderosos están sujetos a límites impuestos por normas morales, jurídicas y punitivas. La justicia civilizada no excluye la fuerza, sino que la emplea legítimamente para proteger el orden justo. La fuerza, así concebida, deja de ser arbitraria y adquiere valor moral como expresión de la voluntad colectiva. Por ello, en una sociedad justa, es la justicia la que ejerce la fuerza, no la fuerza la que somete a la justicia. 

Siguiendo la idea de Rousseau, el poder basado en la fuerza es por naturaleza transitorio: ningún agente es lo suficientemente fuerte como para mantener su dominio indefinidamente. La autoridad sostenida exclusivamente por la imposición física pierde legitimidad en cuanto cesa el control efectivo, ya que la fuerza es finita y, con el tiempo, se desgasta o se contrapone a nuevas resistencias. Por ello, la verdadera estabilidad política no se funda en la fuerza, sino en el reconocimiento voluntario y en principios que trascienden la mera coacción.

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