
Unas declaraciones de la presidenta de la Comisión Europea Ursula Gertrud Albrecht (Ursula von der Leyen), sobre “abrir un debate para la obligatoriedad de vacunación para los europeos”, han abierto un debate jurídico y político de una gran importancia, ya que tales manifestaciones incurrirían en la vulneración de los tratados más elementales sobre derechos humanos o bioética en el mundo occidental y la mayor parte de las constituciones liberales.
Con el nacimiento de la farmacología en Alemania en la primera mitad del siglo XX como disciplina médico-científica, la industria farmacéutica ha venido imponiendo su poder en el mundo de la Medicina, dejando atrás tratamientos tradicionales, con la intención de proporcionar a las personas nuevas soluciones sanitarias a diferentes problemas de salud, hasta el punto de que muchas veces el consumo compulsivo de medicamentos, se ha convertido en una trampa con desenlaces no siempre positivos para los usuarios. De hecho, la industria farmacéutica pide que se lean los prospectos antes del uso de la mayor parte de medicamentos. La frase incluida en la publicidad televisiva no dice “consulte a su médico” sino a su farmacéutico, logrando con ello eximirse de responsabilidad corporativa en el caso de efectos adversos.
Esto es lo que ha venido a ocurrir con los fabricantes o productores de las llamadas “vacunas” contra el SARS CoV-2, cuyos efectos de mutación de cepas parecen ya evidentes. Presionados por los políticos, las empresas farmacológicas han planteado su exención de responsabilidad por posibles efectos secundarios, cuya gravedad es impredecible. A pesar de ello, los políticos más preocupados por sus resultados electorales que por un enfoque adecuado de investigación científica y de seguridad, han apostado por la compra masiva de diversos tipos de “vacunas” de las que se conocen ya algunos resultados poco favorables. El más evidente es que no impiden el contagio (como sería lo lógico) ni la transmisión del virus, obligando a seguir con medidas complementarias como las “mascarillas”, distancia social, etc. Millones de dosis se han distribuido por todo el Planeta, aplicándose sin respaldo médico-sanitario ni control de sus efectos en el sistema inmune natural de las personas. “No existen enfermedades, sino enfermos…” dice un viejo axioma médico, lo que implicaría que las “vacunas” están en función de cada individuo y sus circunstancias (antes de eso están en función del conocimiento del virus y su posible “potenciación” de efectos por manos desconocidas hasta ahora).
Pues bien, volviendo al Código de Nüremberg del año 1947, —adoptado por la comunidad internacional, a la vista de los experimentos médicos a que fueron sometidas muchas personas durante el “nacional-socialismo” o “nazismo” en Alemania, en aras de una supuesta investigación científica que justificara las acciones de “darwinismo social” implantadas por el régimen nacional-socialista donde se mezclaba la “eutanasia (Hadamar, Wëillmünster, Eichiberg, Kalmenhof…) para eliminar a los individuos superfluos (llamados “pacientes” ) que vivían de los recursos económicos del país, sin aportar nada a cambio” (según J. Le Carré) con las deportaciones y ejecuciones en masa— el Dr. Leo Alexander sometió a consideración del Consejo para los Crímenes de Guerra, diez puntos que definen la investigación médica legítima. En ellos aparece en primer lugar “el consentimiento informado y voluntario de los pacientes y la ausencia de coerción que impida una elección libre o con fraude, engaño o falta de seguridad médica en sus consecuencias.” El resto del documento con sus puntos correspondientes podría ser aplicado a las actuaciones públicas o políticas con respecto a la obligación de vacunarse que pretende la presidenta de la UE, aunque no tenga competencia alguna en el tema ya que queda reservada a los estados-miembros.
Pero hay más. La Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO, en su artículo 3 sobre “dignidad humana y derechos humanos” dice: “1.- Se habrán de respetar plenamente la dignidad humana, los derechos humanos y las libertades fundamentales. 2) Los intereses y el bienestar de la persona, deberían tener prioridad con respecto al interés exclusivo de la ciencia o la sociedad.”
En algunos casos se piensa que la presidenta de la Comisión Europea, ha tenido un “lapsus” (tan frecuente en las manifestaciones de los políticos) y no se ha dado cuenta además del conflicto de intereses que conlleva el mismo, ya que —al parecer— su marido es director médico de un laboratorio especializado en terapias génicas (como las vacunas). En otros —peor pensados— se cree que, en las mismas, subyace el deseo de eliminar el Código de Núremberg, por la referencia del barón Joachim Von der Leyen, que estuvo ligado al partido “nacional-socialista” con cargos de administración política en Deustshbrod (Baviera), Saint Germain -en- Laye (Francia) o Lemberg-Land (Galicia).
Considerada una funcionaria brillante que inició estudios de Arqueología, luego de Economía y Ciencias Políticas y Medicina, ha empezado a transitar por ideologías que le son ajenas (como el cambio climático) o tienen un tono mesiánico de supuesta “salvación del Planeta”. Elegida al frente del gobierno de la UE por el Parlamento Europeo es una simple funcionaria europea, lo que debería hacerla reflexionar sobre cuál es su papel o función específica: estar al servicio de teorías distópicas o estar al servicio de la Europa de los ciudadanos libres, iguales y soberanos con que -seguramente- juró el cargo.

















