
A continuación les informamos de la subvenciones existentes mas importantes que pueden solicitar:
- KIT DIGITAL: para digitalización de las empresas, 12.000€ empresas de 10 a 49 trabajadores. Publicado en el BOE del 26/02/2022
- CONCILIACION LABORAL: Esta subvención tiene por objeto fomentar la responsabilidad social en las empresas mediante actuaciones en ámbito de autónomos y pymes, y promover la conciliación y la flexibilización de la jornada y del horario laboral.
Requisitos:
- Tener contratados un mínimo de un trabajador y un máximo de 250.
- No superar los 50 millones de euros de volumen de negocio anual o tener un balance anual inferior a 43 millones de euros.
- No ser entidades públicas.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid, y con la Seguridad Social.
- Realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.
- Tener vigente la PRL (Prevención de Riesgos Laborales).
La subvención es de 2.500€ por trabajador en cada empresa con un máximo de 4 trabajadores, pudiendo alcanzar una cantidad máxima total de 10.000€.
BOCM 2019
- AYUDAS PARA AUTOCONSUMO Y ALMACENAMIENTO CON FUENTES DE ENERGIA RENOVABLE E IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS TERMICOS EN LA CAM
Requiere:
- Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
- Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores de industria y agroalimentarios, con o sin almacenamiento.
- Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
Subvencionable entre el 15 y el 45% de la inversión fotovoltaica.
- AYUDAS A PYMES INDUSTRIALES PARA PROYECTOS INDUSTRIA 4.0
Podrán acogerse a las ayudas las pymes del sector industrial que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid y que desarrollen una actividad industrial productiva. Solo se admite una solicitud por empresa.
Se entenderá que el solicitante desarrolla una actividad industrial productiva si su objeto social se refiere a actividades encuadradas en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (“BOE” núm 102, de 28 de abril de 2007).
Gastos Subvencionables:
- Adquisición, renovación o extensión de inversiones materiales, consistentes en instalaciones, maquinaria y equipos, exceptuando la adquisición de terrenos y los gastos en edificios.
- Adquisición, renovación/extensión de inversiones inmateriales, activos que no tienen una materialización física o financiera, como patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad.
- Costes de los servicios de consultoría prestados por consultores externos.
Cuantía:
En función del tipo de proyecto:
- Para los proyectos de inversiones materiales e inmateriales, el límite máximo de subvención será de 200.000€ para las medianas empresas y de 300.000€ para las pequeñas empresas, siempre que los gastos subvencionables sean al menos de 40.000€. Se definen unas intensidades de ayudas entre el 10% y el 30% para inversiones materiales e inmateriales en función del tamaño de empresa y de la zona de la Comunidad de Madrid.
- Para proyectos de consultoría, el límite máximo de subvención será de 20.000€, estableciéndose una intensidad de ayuda del 50% y un límite del proyecto de 40.000€.
Más información:
Martín Corroto y Asociados
C/ Santa Engracia nº 64, 5ª planta. Madrid 28010
Teléfono: 91 593 89 49
Fax: 91 593 89 55
Email: martincorroto@martincorroto.com
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