Subvenciones CAM 2015

Subvenciones CAM 2015
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— P U B L I C I D A D —

Se ha publicado con fecha 05 de Febrero de 2015 en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el acuerdo de 29 de diciembre de 2014, por el que se aprueba la modificación de las normas reguladoras del programa de ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia o contraten a trabajadores desempleados en el ámbito de la Comunidad de Madrid, aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 2 de Ocubre de 2014.

A continuación le resumimos las novedades más destacadas tener en cuenta junto con la circular del 8 de octubre de 2014 donde se les detallaba los requisitos para dichas ayudas:

  • Nuevo plazo para la presentación de solicitudes para el año 2015 desde el día 06 de Febrero de 2015 hasta el 31 de Octubre de 2015.
  • El periodo subvencionable tanto para el alta de como nuevos autónomos como para el alta de trabajadores desempleados, así como las conversiones a indefinidos de contratos temporales, comprenderá desde el 01 de Enero hasta el 31 de diciembre de 2015.
  • Se modifica el requisito establecido en el artículo 4.2 a) y en el artículo 5.1 del acuerdo de 2 Octubre, sobre el tiempo que debían llevar los desempleados objeto de nueva alta, inscritos como demandantes de empleo, siendo los nuevos requisitos estar desempleado y estar inscrito como demandante de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid en fecha inmediatamente anterior al alta.

La entrada en vigor de este acuerdo se produce el 6 de Febrero de 2015.

Más información:

Martín Corroto y Asociados

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Teléfono: 91 593 89 49
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